“Reglamento peor que la ley”, denuncia Julio Francisco Báez
- Ampliaron discrecionalidad para operar “buscando el centavo inmediato” por encima de la racionalidad a mediano o largo plazo
- Disposiciones sobre créditos tributarios a las exportaciones y su tiempo de vigencia, son “caramelos envenenados”
- “Cínicamente” obligan a retener a los no regularizados, estimulando los servicios informales
Experto fiscal alerta sobre…
Paquetazo fiscal promueve discrecionalidad tributaria
- “La peor medida económica de la administración Ortega”
- “Impulsa la informalidad y deja al descubierto los vacíos fiscales que enfrentaremos el próximo año”
Todavía más inconstitucional que la propia Reforma a la Ley de Equidad Fiscal es el Reglamento que acompañará su aplicación, por superar el estatuto principal y fomentar la discrecionalidad, según las valoraciones del experto en materia tributaria, Julio Francisco Báez.
Para Báez, este reglamento debe refutarse porque muchas de las disposiciones que contiene sobrepasan a la misma Ley, además que el desconocimiento de su método de ejecución, no corresponde a un mecanismo tributario que se supone, pasó por un amplio proceso de consulta con el sector empresarial nicaragüense.
El experto destacó que el reglamento, responde al firme propósito y espíritu de la Ley, que es promover la discrecionalidad, además de asegurar única y exclusivamente un aumento en la recaudación. “Tan recaudatoria es esta Ley y su reglamento, que renuncia a la recaudación del Impuesto sobre la Renta, IR a mediano y largo plazo, ya que aplica muchas retenciones definitivas para obtener dinero con medidas cortoplacistas”.
Como ejemplo, Báez hizo referencia al artículo 26 del reglamento, que adiciona un párrafo final al artículo 164 del antiguo Reglamento de la Ley de Equidad Fiscal, que corresponde a los Créditos Tributarios y dice: “Para efectos de la aplicación del último párrafo del artículo 102 de la Ley, el período de siete años a que se hace referencia, corresponde al año calendario”.
Según Báez, el empresariado nacional se conformó con muy poco al aceptar esta medida, porque no se le está reconociendo la verdadera importancia a los créditos tributarios, consistentes en el 1.5 por ciento del valor FOB de las exportaciones y que según la Ley 453 de Equidad Fiscal, tienen un período de duración de siete años desde el inicio de la entrada en vigencia de dicha Ley, que fue el seis de mayo de 2003.
“Los empresarios reciben caramelos envenenados con relación al límite de vigencia del crédito tributario que acabaría este seis de mayo, pero se prorroga al 31 de diciembre, lo que trae una aparente solución al sector empresarial, pero que en realidad, es un disfraz que mañana puede ser un perjuicio fiscal”, sostuvo.
Báez apuntó que esta es una de las disposiciones que incurre en inconstitucionalidad, ya que se integra en el reglamento una medida que no fue contemplada en la Reforma a la Ley de Equidad Fiscal.
Otro aspecto considerado como nocivo, es la distribución del pago del Impuesto al Valor Agregado, IVA, contemplado en el artículo 21 del reglamento, que adiciona un párrafo final al artículo 105 de la Ley de Equidad Fiscal, consistente en la realización del tributo en dos momentos de un mismo mes.
“El pago del IVA va a afectar la liquidez de las empresas, aparte de las otras afectaciones que trae la Reforma, porque se trata de una manera más frecuente de sacar recursos para darlos al fisco”, refirió.
Con respecto al pago mínimo del IR, Báez manifestó que el artículo 32 de “Liquidación del IR de los asalariados” presenta otra inconstitucionalidad, ya que trae dos pagos mínimos definitivos, el correspondiente al uno por ciento sobre los activos en el primer semestre y el otro del uno por ciento sobre la renta bruta gravable en el segundo semestre.
“Aquí nos encontramos con otra violación, porque pasa por encima del artículo 27 de la Ley 453, que dice que el IR anual estará sujeto a un pago mínimo definitivo y ahora este reglamento dice dos pagos mínimos definitivos”.
Báez expresó que la voracidad recaudatoria de esta Reforma y su respectivo Reglamento es tan “cínica” que llega al extremo de aplicar una retención del cinco por ciento de los no regularizados, legitimando la no regularización fiscal.
La disposición contemplada en el numeral cinco, artículo 15 que modifica el artículo 81 de la Ley Fiscal, sobre las Alícuotas, dice: “Del cinco por ciento sobre la compra de bienes y prestaciones de servicios otorgados por personas naturales inactivas o no declarantes ante la DGI…”, esto según Báez, quiere decir que aunque no estés formalizado, lo importante es contribuir a las recaudaciones.
Báez afirmó que el reglamento violenta la Constitución porque se opone a la Ley, de acuerdo a la vigencia de determinados beneficios fiscales, sacándole filo a las recaudaciones y yendo más allá de los límites reglamentarios que tiene el Ejecutivo.
Para finales del año fiscal 2009-2010, el experto estimó que se corre el riesgo, que ante la inviabilidad técnica de la Reforma y los vacíos fiscales que trae, como es la extensión de sólo seis meses de los créditos tributarios, la DGI aplique más presión y persecución fiscal sobre los contribuyentes para compensar lo que no se pudo recaudar.
Miercoles 6 de enero 2010
Cristhian Marenco | cmarenco
http://impreso.elnuevodiario.com.ni/2010/01/06/economia/116737
Hola a todos, seguimos de vacaciones aún así estos estudiando el lenguaje html para poder tener mayor posibilidades en el manejo del blog. He aprendido a alinear textos, a colocar imágenes sin necesidad de subirla a blogger, colocar html, a subir presentaciones en pdf sin necesidad de que se descarguen, colocar flash, he conseguido un nuevo servidor para compartir archivos de forma rápida, he colocado este cuadro de comentario que hace tiempo no aparecía debajo de la entrada..., en fin ha sido productivo. Seguiremos mejorando...
ResponderEliminaratt. Deybi Morales León (morales.economia)
Hola Deybi te escribe Cesar esta muy inresante tu pagina hay que agregar mas terminos bursatiles en torno al los sistemas de capitales contables toma de desiciones y el comportamiento del comercio nacional en la economia fiscal y las nuevas politicas economicascon vision de desarrollo a largo plazo que ejerce el gobierno central dejando atras los colores politicos si el desarrollo del pasi de un punto de vista abstracto y lejos de la tirania de la empobresidad clase politica del pais sigue mejorando suerte...
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